USDA y FDA renuevan esfuerzos para regular el etiquetado de alimentos


Las declaraciones sobre los alimentos son omnipresentes, y casi todos los alimentos ahora tienen al menos una declaración en su empaque frontal. Dado el crecimiento continuo en el uso de declaraciones en las etiquetas, las agencias reguladoras de alimentos están revisando las circunstancias bajo las cuales se pueden utilizar ciertas declaraciones en las etiquetas. La FDA y el USDA anunciaron recientemente esfuerzos para revisar las afirmaciones de las etiquetas, con el objetivo de aumentar la confianza de los consumidores en las afirmaciones de las etiquetas.
INFORMACIÓN NUTRICIONAL AL FRENTE DEL PAQUETE
Actualmente, la FDA está llevando a cabo un estudio de consumidores sobre el impacto del etiquetado nutricional en el frente del paquete, con el objetivo de crear un esquema estándar de etiquetado frontal del paquete para alimentos. El etiquetado frontal del paquete tiene como objetivo proporcionar a los consumidores información nutricional de alto nivel para permitirles tomar decisiones rápidas sobre qué alimentos comprar y consumir. El estudio de la FDA evaluará la efectividad y utilidad de varios esquemas propuestos. El estudio y el plan de etiquetado previsto son parte de los esfuerzos de la FDA para fomentar la alimentación saludable, según las indicaciones de la Casa Blanca.
La FDA no aplica los esquemas de etiquetado frontal del paquete que existen actualmente en el mercado, ni tampoco están expresamente permitidos por las regulaciones de la FDA. En cambio, la FDA determinó que la agencia ejercería su discreción en materia de aplicación de la ley en cuanto a las empresas que utilizan ciertos esquemas de etiquetado frontal estándar de la industria. El Panel nutricional de hechos iniciales es un buen ejemplo.
Los estudios sobre la percepción de los consumidores sobre las etiquetas de los alimentos demuestran que la gran mayoría de los estadounidenses conocen el etiquetado nutricional que aparece en el frente del paquete, y más de la mitad de los participantes en el estudio afirmaron que sí consideran estas etiquetas nutricionales al tomar decisiones de compra.
RECLAMOS DE ORIENTACIÓN DIETÉTICA DE LA FDA
Las declaraciones de orientación dietética son declaraciones que afirman o implican que un alimento puede contribuir a un patrón de dieta particular. La FDA publicó un borrador de guía que detalla las opiniones actuales de la agencia sobre este tipo de declaraciones. Aunque no es vinculante, la guía detalla las consideraciones de la agencia al determinar si una etiqueta es engañosa. En la guía, la FDA afirma que las declaraciones de orientación dietética no son declaraciones de contenido de nutrientes (y, por lo tanto, no están sujetas a las regulaciones aplicables a las declaraciones de contenido de nutrientes). Sin embargo, estas declaraciones deben centrarse en la contribución del alimento o grupo de alimentos al mantenimiento de un patrón dietético nutritivo y no pueden incluir referencias ni implicaciones de la reducción o el tratamiento del riesgo de enfermedades. Las afirmaciones de que un alimento o grupo de alimentos pueden servir para tratar o prevenir una enfermedad se considerarían afirmaciones de salud inadmisibles y estarían sujetas a las regulaciones y al escrutinio de la FDA.

Sin embargo, las declaraciones de orientación dietética deben basarse en informes consensuados respaldados por un grupo de expertos que reflejen el pensamiento actual de la comunidad científica con respecto a patrones dietéticos particulares. Las empresas también pueden confiar en las pautas dietéticas publicadas por la FDA y el USDA como informe de consenso para respaldar una declaración de orientación dietética. Las declaraciones de orientación dietética deben reflejar las recomendaciones clave o principales proporcionadas en el informe de consenso. Además, los alimentos que llevan una declaración de orientación dietética deben cumplir con los límites de nutrientes identificados por la FDA.
“PRODUCTO DE LOS EE.UU.” RECLAMOS
Las políticas actuales del USDA FSIS permiten el uso de “Made in the U.S.A.” y “Producto de EE.UU.” sobre productos cárnicos y avícolas que se procesan en los Estados Unidos, independientemente de dónde nació, se crio o se sacrificó el animal. Sin embargo, tras peticiones y estudios para evaluar la comprensión de los consumidores sobre estas afirmaciones, el FSIS ha determinado que esta política es engañosa para los consumidores y no se alinea con sus expectativas. Por lo tanto, el FSIS ha desarrollado una regla propuesta que redefiniría los requisitos para el uso de estas reclamaciones voluntarias. Según la regla propuesta, estas declaraciones solo podrían usarse en productos del FSIS cuando todos los componentes del producto regulados por el FSIS nazcan, se críen, se fabriquen y se procesen en los EE. UU., y cualquier componente no regulado por el FSIS (que no sean especias y sabores) son de origen estadounidense. La regla propuesta no afecta ningún etiquetado de país de origen requerido.
Además, se permitirían afirmaciones calificadas, como “carne de cerdo importada cortada y envasada en los Estados Unidos”, cuando sean veraces y no engañosas. En el reclamo calificado se debe incluir una descripción de los pasos de procesamiento que ocurrieron en los Estados Unidos.
RECLAMACIONES DE CRÍA DE ANIMALES
El FSIS recientemente comenzó un esfuerzo para evaluar y fortalecer la aprobación y fundamentación de las reclamaciones sobre cría de animales. Las afirmaciones sobre crianza de animales incluyen afirmaciones que indican o implican que un animal fue “criado humanamente” o que no tenía antibióticos ni hormonas. Una guía de etiquetado de 2019 emitida por el FSIS detalla la justificación requerida para hacer afirmaciones sobre cría de animales; sin embargo, algunas organizaciones de defensa alegan que el FSIS no sigue ni hace cumplir esos requisitos de manera consistente.
El FSIS tiene la intención de publicar una guía de etiquetado actualizada luego de la evaluación de la agencia. Además, para abordar específicamente las declaraciones de “sin antibióticos”, el FSIS realizará muestreos para determinar si hay residuos de antibióticos presentes en los productos que llevan la declaración. Actualmente, el FSIS exige que los inspectores internos de los establecimientos que sacrifican ganado con declaraciones de “criado sin antibióticos” completen un cuestionario. Los resultados del cuestionario se utilizan luego para determinar el plan de muestreo apropiado. A su vez, los resultados de dicho muestreo dictarán cómo avanzará el FSIS en sus esfuerzos por reevaluar las reclamaciones sobre cría de animales.
REQUISITOS DE LAS INSTRUCCIONES DE MANEJO SEGURO
Las regulaciones del FSIS requieren que todos los productos cárnicos y avícolas crudos y parcialmente cocidos incluyan instrucciones de manipulación segura exigidas por el gobierno federal en la etiqueta del producto. El texto específico y el formato de las instrucciones de manejo seguro también están definidos por regulación, lo que prohíbe a las empresas modificar el texto o el formato de las instrucciones (9 CFR 381.125(b) y 9 CFR 317.2(l)).
Aunque estas instrucciones son obligatorias desde 1994, el FSIS realizó un estudio sobre la eficacia de la etiqueta en 2013. Después de este estudio, la agencia determinó que el FSIS debería realizar una investigación entre los consumidores y realizar cambios en las instrucciones de manipulación segura requeridas. Desde entonces, el FSIS ha realizado una serie de estudios de consumidores para evaluar posibles revisiones. Ahora, la agencia ha anunciado que llevará a cabo grupos focales de consumidores para evaluar los diseños de etiquetas de manejo seguro creados en respuesta a los aprendizajes de los estudios anteriores.
Los grupos de consumidores y otras partes interesadas han abogado constantemente por un etiquetado actualizado sobre manipulación segura para garantizar que los requisitos de etiquetado brinden a los consumidores educación y dirección que reflejen los cambios en la ciencia y las mejores prácticas de inocuidad alimentaria desde que se adoptaron las instrucciones por primera vez en 1994.
CUMPLIMIENTO ORGÁNICO
El Servicio de Comercialización Agrícola (AMS) del USDA es responsable de regular la industria de alimentos orgánicos. Recientemente, AMS publicó una regla final que fortalece la supervisión y el cumplimiento de las regulaciones orgánicas. La regla está codificada en 7 CFR Parte 205 y se implementará en marzo de 2024. Una vez implementada, la regla requerirá que se certifiquen empresas adicionales dentro de la cadena de suministro orgánico, mejorará y fortalecerá los requisitos de documentación para productos orgánicos y aumentará la autoridad para las inspecciones de operaciones certificadas. AMS desarrolló esta regla para responder a la posibilidad de fraude orgánico, cuando un producto se vende y se etiqueta como orgánico, pero, de hecho, no está certificado como orgánico.
Con un aumento continuo de las declaraciones hechas en las etiquetas de los alimentos y un mayor enfoque en la protección del consumidor, las agencias reguladoras se han comprometido a revisar las declaraciones de las etiquetas que pueden requerir regulación adicional o cambios a las regulaciones existentes para mejorar el cumplimiento.
Estén atentos a medida que el USDA y la FDA perfeccionan e implementan estos nuevos enfoques de etiquetado.
Por Shawn K. Stevens, Esq., and Elizabeth Presnell, MS, Esq.